Como decíamos la semana pasada, la Xunta de Galicia, a través de la Secretaría General de Empleo, ha publicado la Orden que regula las ayudas destinadas a la realización de acciones de formación, sensibilización, asesoramiento y de fomento de la prevención de riesgos laborales para el año 2018.
Si en la newsletter anterior analizábamos la línea III, dirigida a empresas (medianas, pequeñas y microempresas), hoy nos ocuparemos de la Línea II, destinada a:
- Asociaciones empresariales sectoriales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, organizaciones sindicales, de carácter sectorial, con representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Fundaciones sectoriales paritarias para la promoción de la prevención de la seguridad y salud laboral, nacidas de la negociación colectiva o de acuerdos sectoriales, con sede y actividad en Galicia.
Por el contrario no podrán ser beneficiarias:
- Aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 10, apartados 2 y 3, de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
- Las administraciones públicas, las sociedades públicas y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
A través de esta línea, con una dotación presupuestaria de 180.000 euros, se subvencionarán cursos de formación y jornadas de sensibilización de carácter sectorial.
Mientras que no serán subvencionables:
- Cursos y jornadas de sensibilización que no se realicen íntegramente de forma presencial.
- Cursos que cuenten con un número de alumnos/as menor de 8 (aunque el número de inicial deberá ser 15).
- Cursos de nivel básico, previstos en el artículo 35 del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.
- Acciones formativas que supongan el cumplimiento de obligaciones legales en materia preventiva de las personas integrantes de las entidades solicitantes y, en particular, el cumplimiento del artículo 19 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
Además se imponen dos limitaciones:
- Ninguna entidad percibirá más del 10 % del presupuesto previsto en la Línea II.
- El coste hora de cada acción formativa o jornada de sensibilización será como máximo de 160 euros.
Las acciones formativas propuestas y los gastos derivados de ellas podrán realizarse desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2018.
En ningún caso serán subvencionados los gastos del personal directivo o de los cargos electos ejecutivos de las entidades solicitantes, ni dietas para asistentes a cursos y jornadas, así como gastos de manutención ni ningún otro de carácter protocolario
Las solicitudes podrán presentarse hasta el 3 de agosto necesariamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) y podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/Chave365).
Puede acceder a la Orden reguladora de las ayudas en el siguiente enlace